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Cómo montar una funeraria en España en 2026

5 Min. de lectura
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Montar una funeraria en España es un proyecto empresarial complejo, altamente regulado y con una fuerte dimensión social. Aunque se trata de un sector estable —respaldado por el envejecimiento de la población—, su acceso exige cumplir estrictos requisitos legales, sanitarios y administrativos, además de una inversión inicial relevante.


Una funeraria es un establecimiento o empresa que se encarga de organizar y prestar servicios relacionados con el fallecimiento de una persona, incluyendo el traslado del cuerpo, la preparación del entierro o cremación, la gestión de documentación legal y la organización de ceremonias o velatorios.

Diferencia entre tanatorio y funeraria

“Lo primero que hay que aclarar es que una funeraria es la empresa que presta el servicio, mientras que el tanatorio es solo una instalación”, explica a L’Express Franchise Josep Lluís Mulero Plata, tanatopractor, embalsamador y CEO del Tanatorio-Crematorio Calatayud. “No se rigen por los mismos requisitos ni implican la misma inversión”.

El sector funerario español mantiene una facturación creciente, impulsada por el aumento del coste del servicio y una demanda estructural con pocas variaciones. Según los últimos datos de PANASEF, en 2023 se registraron más de 435.000 defunciones y el sector empleó a casi 13.000 personas, con una tendencia creciente hacia la profesionalización y la formación.

Ahora bien, a diferencia de otros negocios de servicios, el funerario no se rige por una única ley estatal, sino por un entramado normativo autonómico y municipal, supervisado principalmente por las autoridades sanitarias. Esta realidad obliga a planificar el proyecto con precisión antes de iniciar cualquier trámite

1 – Requisitos legales para crear una funeraria

Para abrir una funeraria en España es necesario constituir legalmente la empresa, darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social y obtener la correspondiente licencia municipal de actividad. A ello se suma la inscripción en el registro autonómico de empresas funerarias

También hay que cumplir con la normativa de policía sanitaria mortuoria, que regula aspectos clave como la documentación del fallecido, la trazabilidad del servicio, el transporte, la higiene, la bioseguridad y la gestión de residuos.

2 – Licencias y autorizaciones imprescindibles

Si se realizan técnicas sobre el cadáver, es obligatorio contar con un contrato de gestión de residuos sanitarios.

La complejidad aumenta si el proyecto incluye un tanatorio o crematorio. En ese caso, entran en juego licencias urbanísticas de uso del suelo, licencias de obras y apertura, autorizaciones sanitarias específicas de las instalaciones y, en muchos municipios, evaluaciones medioambientales y acústicas. “Aquí ya no hablamos de la empresa funeraria, sino de la infraestructura donde se presta parte del servicio”, puntualiza Mulero.

Quién regula y supervisa el sector funerario

La supervisión técnica y sanitaria recae principalmente en la Policía Sanitaria Mortuoria, dependiente de las consejerías de Sanidad de cada comunidad autónoma. A este control se suma el papel de los ayuntamientos, responsables de las licencias de actividad y uso de locales. En el caso de tanatorios y crematorios, también intervienen los departamentos de urbanismo y medioambiente.

3 – Vehículos fúnebres: un requisito clave para operar

Toda funeraria debe disponer de vehículos específicos para el traslado de cadáveres o restos humanos. No se trata de vehículos convencionales, sino de coches fúnebres homologados como transporte sanitario mortuorio. “Deben contar con cabina separada, superficies lavables y desinfectables, sistemas de sujeción del féretro y protocolos de limpieza”, explica Mulero.

Además, estos vehículos deben estar inscritos ante la autoridad sanitaria autonómica y llevar la documentación correspondiente en cada traslado. “No es necesario tener una gran flota, pero sí garantizar medios propios o concertados legalmente. Sin vehículos homologados no se puede operar”, advierte.

Calcular la inversión necesaria no es sencillo, ya que depende de la ubicación, la comunidad autónoma y las exigencias municipales. En el caso de una funeraria sin tanatorio propio, la inversión se concentra en el local administrativo, su adecuación, los vehículos fúnebres, el equipamiento operativo y el stock inicial de material funerario.

La inversión depende en gran medida del alcance del proyecto y de la ubicación geográfica

  • Funeraria básica sin tanatorio: entre 80.000 y 150.000 euros.
  • Proyectos muy reducidos pueden arrancar desde 30.000 euros en entornos rurales.
  • Funerarias con mayor estructura o flota nueva pueden superar los 200.000 euros.

Cuando el proyecto incluye un tanatorio o crematorio, la inversión se dispara. “Como referencia realista, un tanatorio-crematorio que pueda operar legalmente, con tres salas de velatorio, capilla, garaje y sala de tanatopraxia, puede superar los 650.000 euros”, señala Mulero. A ello hay que sumar, en su caso, el coste de hornos crematorios y sistemas de control de emisiones.

Principales costes de explotación

Los costes de una funeraria se reparten entre gastos fijos y variables. Entre los fijos destacan el alquiler o amortización del local, el personal y sus cotizaciones, los seguros obligatorios, la gestión administrativa y el mantenimiento de los vehículos fúnebres. A esto se añade una tesorería mínima para garantizar la continuidad del servicio.

Los gastos variables están ligados a cada servicio prestado e incluyen féretros, urnas, material funerario, traslados y gestión de residuos. En el caso de los tanatorios, los costes estructurales aumentan notablemente por el consumo energético, el mantenimiento de cámaras de conservación, la limpieza, la seguridad y los controles sanitarios y medioambientales. “Es una instalación muy intensiva en costes”, resume Mulero.

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En cuanto a la rentabilidad de una funeraria, no responde a un porcentaje estándar. Depende del volumen de servicios, la competencia local, la estructura de costes y los acuerdos con proveedores.

En proyectos bien dimensionados y correctamente gestionados, la inversión inicial suele amortizarse en un plazo aproximado de entre 3 y 7 años, aunque este periodo puede alargarse en mercados saturados o reducirse en zonas con alta demanda y poca competencia.

Es un sector que “exige planificación, rigor y una visión a medio y largo plazo”, concluye Mulero. 

No existen, específicamente, ayudas públicas para abrir negocios funerarios, pero estas empresas pueden acogerse a las mismas líneas de apoyo que cualquier pyme o autónomo

Entre ellas se incluyen subvenciones al emprendimiento, creación de empleo o digitalización, así como financiación a través de préstamos públicos como ENISA o las líneas ICO. “La clave está en encajar el proyecto dentro de estos programas generales”, apunta Mulero.

Sí es posible montar una franquicia en el sector, pero tendrás que ser tú el emprendedor o emprendedora que empiece, ya que a diferencia de otros sectores de servicios, no existen franquicias funerarias como tal en España.

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Existen grandes grupos con múltiples instalaciones, pero operan bajo estructuras corporativas propias, no bajo modelos clásicos de franquicia.

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5 puntos clave

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Aquí tienes un resumen en cinco puntos clave del artículo sobre el tema: Cómo montar una funeraria en España en 2026.

  • Requisitos legales

    Constituir la empresa, obtener licencias municipales y registro autonómico, cumplir normativa sanitaria mortuoria.

  • Infraestructura y licencias

    Tanatorios y crematorios necesitan permisos urbanísticos, medioambientales y sanitarios específicos.

  • Vehículos fúnebres obligatorios

    Transporte de cadáveres con coches homologados, cabina separada y sistemas de limpieza certificados.

  • Inversión inicial

    Desde 30.000 € en proyectos rurales hasta más de 650.000 € para tanatorios-crematorios completos.

  • Rentabilidad y financiación

    La inversión se amortiza entre 3 y 7 años según demanda; se puede recurrir a líneas de apoyo para pymes o autónomos.

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